Datos de acceso
ACTO ÚNICO FP ADMISIÓN DISTANCIAConforme a la Resolución de 20 de junio de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado, en centros docentes no universitarios públicos del Principado de Asturias, para cursar ciclos formativos de grado medio y de grado superior en régimen a distancia, y las instrucciones para el desarrollo del acto único publicadas el 25 de septiembre de 2020, se CONVOCA a todo el alumnado que está en lista de espera para el procedimiento de adjudicación de vacantes el día 30 de septiembre de 2020, a partir de las 12:00 horas en la Biblioteca del centro. Habrá tres turnos. Pueden consultar convocatoria en el siguiente enlace https://www.educastur.es/-/admision-fp-2020-21-distancia-acto-llamamiento-unico INICIO DEL CURSO 2020 - 2021INFORMACIÓN SOBRE LA VUELTA AL COLEhttps://www.educastur.es/-/guias-inicio-curso-familias-y-alumnado-regreso-a-clase-estudiantes https://www.educastur.es/-/guias-inicio-curso-familias-y-alumnado-informacion-para-familias
1º DAM PRESENCIAL. PRESENTACIÓN E INICIOSiguiendo el calendario escolar del curso 20-21, el próximo lunes 28 de septiembre están convocados todos los alumnos de primer curso del CFGS Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma de la modalidad presencial a las 8:30h en su aula de referencia.
BOLETINES DE LA EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRELos boletines de notas de la evalución extraordinaria de septiembre serán enviados el viernes 4 de septiembre de 2020 a los correos electrónicos @educastur.es del alumnado de ESO y 1º Bachillerato. También se enviará una copia a los correos de las familias regisgrados en la aplicación SAUCE. Rogamos a las familias que confirmen la recepción de los boletines al tutor o la tutora, que será quien se las envíe, con el fin de organizar la entrega de los boletines que no hayan sido recibidos por esta vía. Asimismo les informamos de que las reclamaciones a las calificaciones y/o las decisiones de titulación pueden presentarse los días 7 y 9 de septiembre de 2020, en caso de ser confirmada la recepción el 4 del presente mes, (dos días con posterioridad al conocimiento de las mismas, en general) y serán resueltas por la Dirección del centro el día 11 de septiiembre de 2020. El procedimiento a seguir para las reclamaciones es el siguiente: La referencia para este procedimiento será la establecida en el artículo 6 del Decreto 249/2007, de 26 de septiembre, que regula los derechos y deberes del alumnado y normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias, modificado por Decreto 7/2019, de 6 de febrero. De igual manera lo son las correspondientes resoluciones de evaluación de las etapas educativas y/o enseñanzas. El alumno o alumna, o su padre, madre, tutor o tutora legal en el caso de alumnado menor de edad o sometido a tutela legal, podrán formular reclamaciones contra las calificaciones finales en el plazo de dos días lectivos contados a partir del día siguiente a aquel en que tengan conocimiento de estas según establece el artículo 6.7. del Decreto 249/2007 modificado por Decreto 7/2019, dirigidas a la personal titular de la dirección del centro docente en el que se encuentre matriculado/a a través de los siguientes procedimientos: a) En caso de persistir el estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19: Por correo electrónico dirigido a la dirección de correo electrónico del centro educativo que es posible localizar en https://www.educastur.es/directorio-de-centros o en la página web de cada centro. El correo deberá emitirse desde la cuenta de correo “educastur.es” de cada alumno o cada alumna, o en caso de no contar con las claves de acceso al mismo, desde el correo proporcionado al centro educativo en el impreso de matrícula del alumnado. Al correo se adjuntará el modelo de reclamación correspondiente. b) En caso de haberse reanudado la actividad educativa de forma total: A través del procedimiento articulado en las correspondientes regulaciones de los procesos de evaluación de las distintas etapas educativas. c) En caso de apertura parcial de los centros educativos se podrá optar por cualquiera de las dos vías mencionadas en los casos anteriores. Estas reclamaciones podrán fundamentarse en alguna de las causas previstas en el artículo 6.8 del Decreto 249/2007 modificado por el Decreto 7/2019, antes mencionados, y deberán contener la exposición clara de los hechos y razones en que se concreten, sin menoscabo de poder aportar cualquier otra información que se considere oportuna: Inadecuación de los criterios de evaluación e indicadores asociados sobre los que se ha llevado a cabo la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado con los recogidos en el currículo y en la correspondiente programación docente. Para la formulación de la reclamación se dispone de modelo, diferenciado en función de las enseñanzas de que se trate, ubicado en el portal institucional “Educastur.es” en la siguiente dirección: Consejería/Inspección Educativa/Documentación para centros/Reclamación calificaciones. Procedimiento de recurso de alzada o reclamación ante la Consejería de Educación Contra la resolución adoptada por la persona titular de la dirección del centro docente público en relación con la reclamación formulada en el centro docente, cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería competente en materia de educación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución. Con el fin de agilizar la resolución pertinente, el recurso de alzada o la reclamación se presentarán preferentemente a través del centro docente, por las vías indicadas en el apartado anterior referido a reclamaciones, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de correos, se hará en sobre abierto, para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de correos antes de ser certificada. En este último caso el envío deberá ser realizado a la siguiente dirección postal: Secretaría General Técnica. Consejería de Educación. Plaza de España nº 5 - 33007 Oviedo. |
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